Accesibilidad

La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web https://rexcosur.com/.

Situación de cumplimiento

Este sitio web es parcialmente conforme con el RD 1112/2018 debido a excepciones y aspectos no conformes que se detallan a continuación.

Contenido no accesible

El contenido que no es accesible se debe a los siguientes motivos:

  • Falta de conformidad con el RD 1112/2018: Algunos aspectos de contraste podrían no cumplir los mínimos exigidos (3:1) respecto a los colores adyacentes del fondo de la sección de la web [9.1.4.11 Contraste no textual].
  • Algunas etiquetas o instrucciones podrían no estar correctamente etiquetadas [9.3.3.2 Etiquetas o instrucciones].
  • Posibles fallos puntuales de edición en alguna página web.
  • Carga desproporcionada: No aplica.

Preparación de la declaración de accesibilidad

La presente declaración fue preparada el 16 de febrero de 2024. El método empleado fue una autoevaluación realizada por la propia empresa.

Observaciones y datos de contacto

Puedes realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a del RD 1112/2018) para:

  • Informar sobre cualquier posible incumplimiento de este sitio web.
  • Transmitir otras dificultades de acceso al contenido.
  • Formular consultas o sugerencias de mejora sobre la accesibilidad del sitio web.

Contacto: info@rexcosur.com

Presentación de quejas o solicitudes de información accesible

Puedes presentar:

  • Quejas relativas al cumplimiento de los requisitos del RD 1112/2018.
  • Solicitudes de información accesible respecto a contenidos excluidos o exentos de cumplimiento:
    • Contenidos excluidos según el artículo 3, apartado 4 del RD 1112/2018.
    • Contenidos exentos por imponer una carga desproporcionada.

En la solicitud, se debe detallar claramente los hechos, razones y petición para que se considere razonable y legítima.

Las quejas y solicitudes deben enviarse al email: info@rexcosur.com

Procedimiento de aplicación

Si una solicitud de información accesible o queja es desestimada, o la respuesta no cumple los requisitos del artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. También se podrá iniciar una reclamación si han transcurrido 20 días hábiles sin respuesta.

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